Violencia Familiar

Violencia Familiar Y Ordenes De Protección

ORDENES DE PROTECCION (Código de Familia 71, 82, 83, 84, 85, 86 y 88)

Orden de Protección de Dos Años

Estas Ordenes que se cumplen criminalmente son disponible por medio de la Oficina de los Abogados del Distrito a las personas que han sido victimas de la violencia física o amenazadas por un peligro inminente (la persona haciendo la amenaza tiene que estar físicamente presente y poder cumplir con la amenaza). Estas órdenes son para las víctimas de violencia familiar o, en algunos casos, víctimas de abuso sexual. El abuso o la amenaza tiene que haber ocurrido dentro de los últimos 90 días. Esta orden le puede mandar al abusador a que no cometa ningún otro acto de violencia, a que no amenace o acose, y también le puede mandar a que se vaya de su hogar. A pesar de que el Departamento de Policía puede ayudarlo con una orden de protección judicial de emergencia, de usted depende ir a la oficina del fiscal de distrito y conseguir una orden de dos años.

Gente que pueden aplicar para una Orden de Protección de Dos Años:

  • Esposa/o 
  • Ex-esposa/o 
  • Familiar de sangre 
  • Familiar por matrimonio 
  • Personas que tuvieron un hijo juntos Novio/novia con quien vive 
  • Miembros del mismo hogar 
  • Personas con quienes están involucrado románticamente 
  • Victimas de Asalto Sexual 

Los Pasos Para Obtener Una Orden de Protección:

  • Diríjase personalmente a la Oficina del Fiscal de Distrito del condado donde vive. 
  • Lleve identificación con foto de usted. 
  • Tener direcciones completas de la persona supuestamente abusiva para que se le pueda notificar de la audiencia. 
  • Hablar con un abogado sobre la historia de violencia en la relación y escribir una declaración. Indicar fechas y detalles de los incidentes abusivos del pasado. 
  • Se fijará la fecha de una audiencia para que usted se acerque al tribunal para finalizar la orden. 
  • Se le dará una orden de protección temporal a instancia propia. No tiene fuerza ejecutoria penal, a menos que se haya enviado una notificación de la orden al demandado. 
  • A la persona supuestamente abusiva se le dará la noticia que tendrá que venir a la corte para la audiencia. Ellos pueden escoger a que no se presenten y eso quiere decir que le Orden se concederá por no aparecer. 
  • En el día de la audiencia usted y un Abogado Asistente del Distrito irán ante el juez para una audiencia. Si el juez está de acuerdo que existió violencia familiar, usted recibirá una Orden de Protección. 
  • La Orden será por dos años y será renovable al fin de los dos años si ha sido violada y si la persona supuestamente abusiva ha sido violenta o amenazante de nuevo con usted. 

IMPORTANTE: 

Si usted tiene un divorcio pendiente o está en un caso custodia de menores, su abogado personal debe conseguir la Orden de Protección en la corte donde se juzga su caso de divorcio o custodia. (Family Code 82.005)
 
Oficinas Locales de Abogados del Distrito:
 La Oficina Del Abogado Del Distrito En El Condado De Denton
 Denton County Courthouse 
 1450 E. McKinney Street, Third Floor
 Denton, TX 76209 
940-349-2600
 
Oprime aquí, para mas información sobre Ordenes de Protección.
 
Ordenes de Protección de Emergencia (CCP 17.292)
 
 Las Órdenes de Protección de Emergencia son una versión mas corta que la Orden de Protección de dos años y son disponibles para dar a las victimas de relaciones violentas el tiempo necesario para ir a la Oficina de su Abogado General y preguntar por una Orden de Protección de dos años. No tiene que esperar un arresto para solicitarle al fiscal de distrito que lo ayude con una orden de protección judicial de dos años. 
 
 Antes de que una Orden de Protección de Emergencia se pueda conceder, el delincuente tiene que estar bajo arresto. 
 
 Estas órdenes de emergencia duran de 31 a 91 días dependiendo del tipo de ofensa. Nunca duran menos de 31 días, pero si una arma se usó en la ofensa, la orden de emergencia durará 91 días. 
 
 Las Órdenes de Emergencia le dicen al delincuente: 

  • Quédate por lo menos 500 pies de donde viven las victimas y trabajan. 
  • No cometas un acto de violencia contra ninguna persona en el hogar. 
  • No amenaces, siguas o acoses a la persona protegida bajo la Orden. 
  • La Orden le dice al delincuente que no use a una tercera persona para amenazar o acosar a la persona protegida por la Orden. 
  • La Orden quiere decir que si el delincuente se encuentra en la dirección protegida por CUALQUIER razón durante el tiempo que es efectivo, él/ella serán arrestados. 

Si el delincuente no cumple con la Orden, se le puede cargan con una ofensa separada llamada “Violación de una Orden de Protección” y puede enfrentar multas y encarcelamiento. Las Órdenes de Protección de Emergencia no son libres de fallas. Le dicen al delincuente que se mantenga lejos de la dirección de su casa y trabajo, pero no de su persona. Las órdenes no representan un escudo de protección y las victimas deben de tener cuidado y planear cómo mantenerse seguras. 

Las victimas de relaciones violentas necesitan otros servicios y ayuda para estar seguras y dejar de ser victimas. Consejeros, números para asistencia comunitaria y hasta ayuda para ponerlos en lugares de refugio son opciones que las victimas pueden considerar. 

Si usted decide que ya no quiere la Orden de Protección de Emergencia, usted no puede simplemente dejar de hacerle caso. Solamente el juez que lo concedió o un juez con mayor autoridad puede despedir la Orden. Las leyes dicen lo siguiente: “Ninguna persona, incluso cualquier persona protegida por esta orden, puede dar permiso a alguien para ignorar o violar cualquier disposición de esta orden durante el tiempo en el cual esté vigente.” (Consulte la Sección 17.292 del Código de Procedimiento Penal de Texas) 

Acoso y Acecho (PC 33.07, PC 42.07, PC 42.061, PC 42.072)

Muchas veces, después de un divorcio o separación, la gente denuncia que un antiguo conocido la acosa o acecha. Si se trata de acoso en línea, para que se lo considere un delito debe ajustarse a las descripciones establecidas en el Código Penal 33.07. Esto incluye que alguien cree una página web o publique uno o más mensajes en un sitio de redes sociales comercial sin permiso de la víctima y con la intención de hacer daño, estafar, intimidar o amenazar. Esta definición también incluye el envío de mensajes de correo electrónico, mensajes instantáneos, mensajes de texto u otra comunicación que haga referencia a un nombre, dirección de dominio, número de teléfono u otra información que permita identificar a la víctima, una vez más, sin su permiso y con la intención de hacer daño o estafar. 

Cuando el acoso es por medios telefónicos o escritos, el sospechoso debe tener la intención de acosar, molestar, alarmar, insultar, atormentar o avergonzar a otro al iniciar una comunicación por teléfono, por escrito o mediante una comunicación electrónica donde hace un comentario, un pedido, una sugerencia o una propuesta obscena, o amenaza a la persona de forma tal que muy posiblemente la alarme (o a algún integrante de su grupo familiar). Esto puede incluir llamar en forma repetitiva, colgar y llamar reiteradamente al teléfono o el buscapersonas del demandante. 

Muchas veces las personas que denuncian acoso no cuentan con información o pruebas suficientes. Algunas veces las acciones del sospechoso no cumplen con los criterios requeridos para presentar un caso de acoso.

Si se trata de acecho, que incluye seguir a la persona, puede ser posible obtener una orden de protección judicial a través de la oficina del fiscal de su distrito. 

Aunque es frustrante, molesto e injusto tener que soportar estos tipos de comunicaciones, si no tiene una situación que cumpla con el criterio del delito de acoso es posible que tenga que optar por no leer ese mensaje de correo electrónico o no responder a esa llamada. Naturalmente que debería mantenerlas en un formato que le permita mostrárselas a la policía como prueba en el caso de que las acciones del sospechoso cumplan con los criterios del delito.


 Preguntas Frecuentes Sobre
 Violencia Familiar
 Respuesta
¿Por qué lo/la arrestó? ¡Sólo quería que se comportara/se fuera/me tratara mejor! ¡Llamé a la policía simplemente para que documentaran lo que ha estado haciendo!Las leyes estatales indican que los oficiales que responden ante incidentes de violencia familiar DEBEN hacer un informe por escrito. Los oficiales tienen que tomar medidas para proteger a la víctima de actos de violencia posteriores. Eso significa que hacen un informe, investigan el delito que se ha denunciado y como consecuencia pueden arrestar al sospechoso del caso si todavía está presente o está cerca. No “documentan” cosas con otros fines legales y no pueden hacer que la gente “se comporte.”
¿Por qué todavía no lo/la arrestaron?Si el sospechoso no estaba en la escena y pasó algún tiempo, el informe del delito se dará a un detective para que investigue el delito. Esto puede llevar varios días o semanas. Si la investigación demuestra que es necesario un arresto, el oficial debe conseguir una orden de detención. Encontrar al sospechoso puede llevar semanas o meses. Si después de un tiempo no hay un arresto, la orden de detención se envía al condado y permanece allí en el sistema informático, a disposición de otros organismos encargados de hacer cumplir la ley, para que si interactúan con la persona puedan arrestarla con la orden de detención.
Yo no quise esta orden, ¿entonces por qué la hizo? ¡Quiero que mi cónyuge vuelva a casa!En los casos en que se usaron armas o se produjeron lesiones graves, de acuerdo con las leyes estatales, por lo general las órdenes judiciales de emergencia son obligatorias. En algunos casos, cuando ha habido muchos incidentes de violencia, los oficiales o los jueces pueden conseguir la orden por iniciativa propia para tratar de evitar más violencia. 
¿Por qué no se puede quedar conmigo un oficial mientras saco mis bienes de la casa?Esto se denomina "civil acompañante" ("civil stand by", CCP 5.045). La mayoría de los departamentos de policía no tienen suficientes oficiales para que permanezcan en el lugar durante las horas que le podría llevar a alguien reunir todas sus pertenencias. Los oficiales pueden, a su entera discreción, darle tiempo a la víctima para reunir los elementos suficientes que le permitan llegar a un lugar seguro.
¿Por qué se llamó al Servicio de protección infantil (Child Protective Services, CPS)?Los niños expuestos a la violencia resultan afectados en forma negativa y a menudo corren riesgo directo de sufrir daños o incluso de morir. En muchos casos, debemos informar a los organismos designados para ayudar a niños, personas discapacitadas o personas mayores. (Código de Familia 261.101
Quiero retirar los cargos. Lo/la quiero visitar en la cárcel. En los casos de violencia familiar, el demandante no es la víctima, sino el Estado. Muchos departamentos de policía tienen políticas que prohíben retirar cargos en casos de violencia familiar. La cárcel puede tener políticas que impiden que las víctimas visiten a la persona sospechosa de causarle daño.
Hice una denuncia porque llamé a la policía. ¿Dónde ESTÁ mi denuncia?Llamar a la policía no es “hacer una denuncia”. En las notas del despachador, habrá un registro de que usted llamó, pero el oficial que escribe un informe y recibe un número de delito necesitará una declaración jurada por escrito de la víctima en la que relate su historia sobre lo que sucedió. Entonces el oficial le da un título al delito que identifica qué ley supuestamente se infringió.
¡Quiero que esta persona salga de mi casa!Una orden de protección judicial puede ayudarlo a hacer que la persona deje su casa o, si se trata de una disputa y no de un delito, puede implicar conseguir una orden de desalojo, que es un proceso civil. Los desalojos por lo general se consiguen a través del tribunal de un juez de paz. Los oficiales de policía no hacen desalojos. Es posible que tenga que conseguir una orden de desalojo a través de la oficina de su juez de paz. Puede encontrar más información sobre dónde encontrar tribunales de un juez de paz en estos sitios: Denton County, Tarrant County
Tengo que mudarme pero tengo un contrato de alquiler.Las víctimas de violencia doméstica que buscan órdenes de protección judicial pueden llegar a cancelar sus contratos de alquiler antes de su vencimiento sin sanciones. (Consulte la Sección 92.016 del Código de Bienes Inmuebles de Texas)


Recursos Para La Violencia Familiar

Denton County Friends of the Family800-572-4031
Domestic Violence Hotline800-799-7233
Family Violence Legal Line800-374-4673
One Safe Place (Tarrant County) 817-916-4323
Safe Haven (Tarrant County)877-701-7233
The Family Place (Dallas)214-941-1991